Justicia avaló medida que prohíbe incluir tasas municipales en las facturas de los servicios

Se trata de un fallo del Juzgado Federal en lo Civil y Comercial y Contencioso Administrativo de San Martín por el cual se rechazó los amparos que un grupo de municipios bonaerenses habían presentado contra la medida que prohibía incluir cargos ajenos al servicio contratado en las facturas de servicios públicos. Por Cuarto Intermedio

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Desde el Ministerio de Economía confirmaron que el Juzgado Federal en lo Civil y Comercial y Contencioso Administrativo de San Martín rechazó los amparos que siete municipios de la Provincia de Buenos Aires habían presentado contra la Resolución 267/2024 de la Secretaría de Industria y Comercio, la cual prohibía incluir cargos ajenos al servicio contratado en las facturas de servicios públicos.

Concretamente, frente a los amparos de los municipios bonaerenses de Tigre, Hurlingham, Moreno, General Rodríguez, José C. Paz, Ituzaingó y San Martín, la Justicia definió que no hubo violación a la Constitución Nacional, así como tampoco avasallamiento de las autonomías provinciales.

En esa decisión judicial, además, se le otorgó a los municipios 90 días para redefinir los mecanismos más apropiados y que consideren idóneos para cobrar las tasas municipales en forma separada de los servicios públicos contratados por el usuario.

Por otro lado, el fallo dejó expresamente reconocida la validez y legalidad de las normas del ENARGAS y el ENRE, y de la Resolución 267/24 de la Secretaría de Industria y Comercio, en la que se señala que la información relacionada a los conceptos contenidos en los comprobantes emitidos por los proveedores de bienes y servicios deben referirse “en forma única y exclusiva” al bien o servicio contratado específicamente por el consumidor y suministrado por el proveedor, no pudiendo contener sumas o conceptos ajenos a dicho bien o servicio.

“La inclusión de conceptos ajenos a aquellos contratado por el consumidor en las facturas de servicios públicos por parte de municipios y gobiernos provinciales se ha ido transformando en una práctica generalizada. Esta práctica configura no sólo una violación al deber de brindar un trato digno a los consumidores, sino también una clara violación a la libertad de elección”, enfatizaron desde el Palacio de Hacienda a través de un comunicado.