Comenzó a regir la ley que endurece las penas por delitos viales

A través de su publicación en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional puso en vigencia las modificaciones a ley 27347 que endurece las penas de... Por Cuarto Intermedio

A través de su publicación en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional puso en vigencia las modificaciones a ley 27347 que endurece las penas de prisión para los conductores que provoquen muertes por exceso de velocidad o por hacerlo en estado de ebriedad.

“Será reprimido con prisión de dos a cinco años e inhabilitación especial, en su caso, por cinco a diez años el que por la conducción imprudente, negligente o antirreglamentaria de un vehículo con motor causare a otro la muerte”, especifica el artículo 84 bis de la norma sancionada por el Congreso en el mes de diciembre.

Asimismo, señala que la pena será de prisión de tres a seis años, si se diera alguna de las circunstancias descriptas y el conductor se diere a la fuga o no intentase socorrer a la víctima siempre y cuando no incurriere en la conducta prevista en el artículo 106, o estuviese bajo los efectos de estupefacientes o con un nivel de alcoholemia igual o superior a quinientos miligramos por litro de sangre en el caso de conductores de transporte público, o un gramo por litro de sangre en los demás casos; o estuviese conduciendo en exceso de velocidad de más de treinta kilómetros por encima de la máxima permitida en el lugar del hecho.

Además, también recibirá esa condena aquel que “condujese estando inhabilitado para hacerlo por autoridad competente, o violare la señalización del semáforo o las señales de tránsito que indican el sentido de circulación vehicular o cuando se dieren las circunstancias previstas en el artículo 193 bis, o con culpa temeraria, o cuando fueren más de una las víctimas fatales”.

“Será reprimido con prisión de seis meses a tres años e inhabilitación especial para conducir por el doble del tiempo de la condena, el conductor que creare una situación de peligro para la vida o la integridad física de las personas, mediante la participación en una prueba de velocidad o de destreza con un vehículo con motor, realizada sin la debida autorización de la autoridad competente”, reza otro de los artículos en alusión a aquellos que participen u organicen las “picadas ilegales”.

De esta manera la ley de delitos viales buscará, por un lado, que aquellos que sean responsables por muertes en accidentes viales no obtengan la libertad con facilidad y, por el otro, reducir el índice de siniestros en el país que causan la muerte de veinticinco personas por día, según indican las estadísticas.