Promulgan la ley que establece los feriados “puente”

Por medio del Decreto 831/2017 publicado en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional promulgó la Ley N° 27.399 de establecimiento de los feriados y fines de semanas largos sancionada por el Congreso nacional durante el pasado mes de septiembre. Por Cuarto Intermedio

De esta manera y según lo establecido en el artículo 1º de la Ley Nº 27.399, los días feriados nacionales y jornadas no laborables en todo el territorio nacional serán los siguientes:

*1° de enero: Año Nuevo.

*Lunes y Martes de Carnaval.

*24 de marzo: Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia.

*Viernes Santo.

*2 de abril: Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas.

*1° de mayo: Día del Trabajo.

*25 de mayo: Día de la Revolución de Mayo.

*20 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Don Manuel Belgrano.

*9 de julio: Día de la Independencia.

*8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción de María.

*25 de diciembre: Navidad.

Por otra parte la norma aclara que el Poder Ejecutivo nacional desarrollará campañas de difusión destinadas a promover la reflexión histórica y concientización de la sociedad sobre el valor sociocultural de los feriados nacionales conmemorativos de próceres o acontecimientos históricos, por medios adecuados y con la antelación y periodicidad suficientes.