Emiten y amplían Letras del Tesoro en pesos

Por medio de la Resolución Conjunta 23/2020 publicada en el Boletín Oficial, las Secretarías de Finanzas y de Hacienda dispusieron la ampliación de la emisión de Letras del Tesoro por un monto de hasta $4.000 millones, así como también la emisión de otras ajustadas por CER a descuento por $29.000 millones. Por Cuarto Intermedio

El Gobierno nacional dispuso la ampliación de la emisión de las “Letras del Tesoro Nacional en Pesos a descuento con vencimiento 1º de julio de 2020”, emitidas originalmente mediante el artículo 1° de la resolución conjunta 21 del 25 de marzo de 2020,  por un monto de hasta $4.000 millones, las que se colocarán conforme las normas de procedimiento aprobadas a través del artículo 2° de la resolución conjunta 9 del 24 de enero de 2019 de la Secretaría de Finanzas y de la Secretaría de Hacienda.

Por otra parte, también realizó la emisión de “Letras del Tesoro en Pesos ajustadas por CER a descuento con vencimiento 4 de diciembre de 2020” por un monto de hasta $29.000 millones, con fecha de emisión fijada para el 3 de abril de 2020 y vencimiento para el 4 de diciembre de 2020 (245 días de plazo).

Según se estableció entre sus condiciones financieras, su amortización será íntegra al vencimiento y el saldo de capital será ajustado conforme al Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER), correspondiente al período transcurrido entre los 10 días hábiles anteriores a la fecha de emisión y los 10 días hábiles anteriores a la fecha de vencimiento del servicio de amortización de capital correspondiente. La Oficina Nacional de Crédito Público, en tanto, será el Agente de Cálculo.

La denominación mínima de las Letras, además, será de valor nominal original pesos uno (VNO $ 1) y su forma de colocación se llevará a cabo en uno o varios tramos, según lo determine la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía, conforme a las normas de procedimiento aprobadas mediante el artículo 2° de la resolución conjunta 9/2019 de la Secretaría de Finanzas y de la Secretaría de Hacienda.

Asimismo, los intereses serán a cupón cero -a descuento-; serán negociables y se solicitará su cotización en el Mercado Abierto Electrónico (MAE) y en bolsas y mercados de valores del país.

Por último, las LETES gozarán de todas las exenciones impositivas dispuestas en las leyes y reglamentaciones vigentes en la materia, siendo que la ley aplicable será la de la República Argentina.