Alberto Fernández promulgó la ley de reforma del impuesto a las Ganancias

En el marco del acto de lanzamiento de 87.000 créditos para la refacción y la construcción de viviendas nuevas en todo el país, el Presidente promulgó la Ley 27.617 modificatoria del impuesto a las Ganancias sancionada definitivamente por el Senado el 8 de abril pasado. Por Cuarto Intermedio

El Presidente Alberto Fernández firmó el Decreto N° 249 que promulga la Ley 27.617 modificatoria del impuesto a las Ganancias, la cual exime de su pago a 1.267.000 asalariados, entre trabajadores que cobren hasta 150 mil pesos y jubilados que perciben hasta ocho haberes mínimos.

“Es un día importante para el Gobierno y para todos nosotros porque estamos poniendo en orden algo de lo que no hablamos tanto en la campaña, pero que sabíamos que teníamos que ordenar. Era poner orden al impuesto a las Ganancias que afectaba a un montón de gente que simplemente vivía de un salario y que en verdad no tenía la característica de tener fortunas o tener riquezas como para estar pagando Ganancias y silenciosamente trabajamos para que ese impuesto tenga una condición progresiva distinta”, destacó el primer mandatario.

En ese sentido, puntualizó que a partir de la promulgación de la norma dejarán de pagar el impuesto 1.267.000 trabajadores y jubilados, lo que representa un beneficio a más del 90% de las personas asalariadas, dando de esta manera un “gran paso” ya que del pago del tributo también se excluye al aguinaldo tras eliminarse el tope para deducir a los hijos de personas con discapacidades.

“Se trata de un esfuerzo fiscal muy importante que nos significa más de 40.000 millones de pesos pero también parte de este esfuerzo que el Estado hace dejando de percibir este impuesto lo estamos corrigiendo haciéndole pagar el impuesto a los que más tienen, una nueva reforma que la Cámara de Diputados tiene bajo su tratamiento en este momento”, remarcó.

Por último afirmó que están haciendo más progresivo el sistema impositivo para que paguen más los que más tienen, y paguen menos los que reciben recursos sólo de un salario. “Me parece que este paso que estamos dando es muy importante en favor de la justicia social”, completó.

Vale recordar que la vigencia de la norma será retroactiva al 1° de enero de este año, por lo que se devolverán los descuentos ya realizados durante ese mes, febrero, marzo y parte de abril, a quienes corresponda.

Concretamente, la iniciativa excluye del cálculo el pago del aguinaldo e incorpora perspectiva de género ampliando la deducción al concubino o concubina, cualquiera fuera el sexo. Además, exime al personal de Salud de pagar el impuesto por horas extras o guardias hasta septiembre próximo a causa de la pandemia por el coronavirus; a la vez que excluye del tributo la provisión de herramientas educativas para los hijos del trabajador y también establece la exención específica para el pago de suplementos particulares del personal militar.

Los trabajadores que tengan ingresos de entre 150 mil y 173 mil pesos, por su parte, deberán abonar el gravamen, pero la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) establecerá las deducciones para evitar de esa forma grandes diferencias entre aquellos que tendrán que tributar y los que se encuentran exentos.