“La violencia de género es una problemática social compleja, que no se trata de una enfermedad ni de un asunto particular, por lo cual ante su ocurrencia, no corresponde el uso de las licencias especiales por asuntos particulares ni por enfermedad, o psiquiátricas contempladas en la normativa interna de las Fuerzas Policiales y de Seguridad… Dicho flagelo posee impacto en la salud de las víctimas y en sus actividades cotidianas incluyendo las laborales y familiares”, se explica entre los considerandos de la norma, donde además agrega que en la actualidad las mujeres de cualquiera de las cuatro Fuerzas Policiales y de Seguridad que sean víctimas del flagelo de la violencia y quieran solicitar una licencia, no venían encontrando una respuesta acorde a su problemática.
“Es menester la incorporación de una Licencia Especial para estos casos de violencia, que evite la estigmatización y revictimización de las mujeres, así como también la implementación de mecanismos que puedan garantizar que una integrante de la Fuerza Policial o de Seguridad, que se vea afectada por esta situación, de manera rápida pueda justificar su inasistencia, a la vez de generar la intervención de una serie de organismos que atiendan, den contención a las víctimas e investiguen con perspectiva de género los sucesos acontecidos en el ámbito laboral”, añade el texto.
Por otra parte se especifica que la licencia se otorga a partir de la solicitud efectuada por parte de la víctima y aprobada por el equipo interdisciplinario del Centro Integral de Género (CIG) de la institución a la que pertenece, y que una vez operada su entrada en vigencia, el CIG dará inmediato aviso al Jefe/a de la dependencia donde el/la solicitante se desarrolle, informando el plazo de su duración.
La medida -agrega en uno de sus artículos- también será extensiva a las/los cadetas/es, aspirantes, cursantes, alumnos/as o estudiantes candidatas/os de los Institutos de Formación/Reclutamiento.
La Resolución lleva la firma de la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich.