Con más de 70 años de edad, Cendón había pedido cumplir la pena en su casa en razón de su cuadro de salud, que según un informe médico consiste en “hipertensión arterial leve y una patología crónica secular oftalmológica”.
Constituido en tribunal unipersonal, el juez Néstor Costabel desestimó el planteo, pero dejó abierta la posibilidad de concederla en el futuro y ordenó medidas que aseguren la adecuada atención médica del represor condenado.
Para ello, determinó que “en el ámbito de la unidad carcelaria se dispongan las medidas pertinentes para el cumplimiento inmediato de las recomendaciones efectuadas por el Cuerpo Médico Forense para control y tratamiento de las patologías que padece”.
La denegatoria es apelable ante la Cámara Federal de Casación Penal.