La Legislatura porteña habilitó el uso de los monopatines eléctricos en la Ciudad

Los diputados de la Ciudad de Buenos Aires sancionaron la ley que regula el uso de ese medio de transporte. Se podrá circular con los mismos en bicisendas y ciclovías pero no en las veredas. Habrá multas para quienes no utilicen casco o no cuenten con elementos luminiscentes. Por Cuarto Intermedio

Con 42 votos a favor, 1 en contra y 12 abstenciones, la Legislatura porteña reglamentó el uso de los monopatines eléctricos en la Ciudad de Buenos Aires, iniciativa que había sido propuesta por el Poder Ejecutivo.

De esta manera y a través de una modificación al Código de Tránsito y Transporte, se habilitó su desplazamiento por bicisendas, ciclovías y ciclocarriles.

La norma, además, establece una serie de requisitos que se deberán cumplir al momento de la utilización de los mismos: deberán tener un sistema de frenos que actúe sobre sus ruedas; una base de apoyo para los pies; timbre o bocina que permita llamar la atención bajo condiciones de tránsito mediano; elementos reflectantes para una adecuada visibilidad; y disponer al menos de una luz delantera y una trasera.

Asimismo, la potencia máxima del motor de los monopatines eléctricos tendrá que ser de 500 Watts y el límite de velocidad de 25 km/h. Además, se prohíbe su circulación por las aceras y sólo podrán ser utilizado por mayores de 16 años.

Por otra parte se establecieron sanciones económicas de 70 unidades fijas (UF) para aquellos conductores de un ciclorodado o de un dispositivo de movilidad personal que circule asido a otro vehículo o apareado inmediatamente detrás de otro; o cuando no use casco protector; o el ciclorodado o dispositivo de movilidad personal no cuente con luces o elementos luminiscentes; o transporte a otra persona cuando su diseño no sea apto para ello; o no respete la señalización vial; o circule por lugares no autorizados.

“Ante su utilización cada vez más común por parte de las personas que se desplazan por la Ciudad, es importante avanzar en su regulación a los fines de cubrir el vacío normativo relativo a sus condiciones de circulación y atender eventuales problemas de convivencia en el espacio público, indispensables para el fomento de una movilidad sostenible y segura”, se fundamentó en el texto de la norma.