Ello, en consonancia con la “obligación del GCBA de asegurar las medidas sanitarias adecuadas para el desarrollo sus funciones laborales, con especial atención al contexto actual”.
El fallo fue dictado por el juez en lo Contencioso Administrativo y Tributario porteño, Guillermo Scheibler.
“No puede dejar de señalarse que si el propio Jefe de Gobierno y el Ministro de Salud de la Ciudad recomiendan públicamente el uso de tapabocas para la población en general que se encuentre en situaciones autorizadas para circular por la vía pública, resultaría paradójico que ese propio Gobierno no suministre elementos de protección adecuados a aquellos de sus dependientes que se encuentran cumpliendo funciones de atención al importante número de personas que acuden a los establecimientos educativos”, sostiene el fallo.
La acción judicial había sido presentada por Angélica Graciano y Alejandra Bonato, secretaria General y Gremial, respectivamente, de la Unión de Trabajadores de la Educación de Capital (UTE).
“No caben dudas sobre el derecho que le asiste al colectivo actor de contar con todas las medidas y elementos que resulten necesarias para evitar el contagio del COVID-19 en ocasión de sus funciones, y que dichas medidas y elementos deben ser diseñadas y proveídos por el empleador -GCBA-”, resume el fallo.