El Gobierno envió el proyecto sobre una amplia moratoria impositiva al Congreso

Tras la reunión del gabinete económico llevada a cabo en la Casa Rosada, el Gobierno de Alberto Fernández confirmó el envío de la iniciativa al Parlamento nacional para su análisis. Se trata de una de las medidas que se esperaban de cara a la pospandemia. Por Cuarto Intermedio

Foto: Twitter Santiago CafieroFoto: Twitter Santiago Cafiero

Enviamos al Congreso el Proyecto de Ley de Moratoria Impositiva para familias, comercios, PyMEs y empresas. Permitirá incluir deudas vencidas hasta el 30 de junio y podrán adherirse hasta el 31 de octubre. Un Estado presente cuida a los que producen y trabajan”. De esta manera, el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, anunció a través de su cuenta de Twitter el envío del proyecto al Congreso nacional.

De esta manera, se busca ampliar el universo de contribuyentes para que se puedan adherir a la moratoria vigente luego del cimbronazo económico que se produjo como consecuencia de las restricciones impuestas por la pandemia del coronavirus, las cuales resintieron fuertemente el desarrollo productivo y el empleo, entre otras problemáticas.

La iniciativa, tal como anticipó Cafiero, permitirá incluir deudas vencidas hasta el 30 de junio de 2020, siendo que del período de adhesión permanecerá abierto hasta el 31 de octubre próximo (la primera cuota, entonces, vencerá el 16 de noviembre).

Asimismo y dependiendo del tamaño de las compañías e individuos que se adhieran al programa, podrán regularizar sus deudas en hasta 96 o 120 cuotas, tanto para las obligaciones tributarias como para las aduaneras. Los plazos, en tanto, serán de hasta 48 o 60 cuotas para las obligaciones correspondientes a los recursos de la seguridad social.

Entre otros de sus aspectos, también habrá condonación parcial de intereses y total de multas; y que se establecerá una tasa de interés fija del 2 por ciento mensual hasta enero de 2021, y a partir de ese momento una tasa variable en pesos -se reformularán los planes ya ingresados a la moratoria para que esa sea la tasa-.

Además, permitirá utilizar todas las devoluciones aprobadas y pendientes de pago que el contribuyente tenga a favor en AFIP para compensar la deuda (sólo pueden utilizarse aquellos saldos existentes antes de la aprobación de la ley y no puedan utilizarse saldos técnicos para compensar).