La Justicia ordenó a las empresas de energía eléctrica que operan en la Provincia de Buenos Aires que se abstengan a limitar, suspender o cortar el servicio por deudas a asociaciones civiles y mutuales protegidas por ley ante el impacto de la pandemia del COVID-19, luego de una presentación realizada por la Defensoría del Pueblo bonaerense y la Dirección provincial que nuclea a estas entidades.
En concreto, la intervención del organismo que conduce Guido Lorenzino y la Dirección de Asociaciones Civiles y Mutuales, a cargo de Maite Alvado, estuvo relacionada a los reclamos de estas entidades por los incumplimientos de las compañías eléctricas a los beneficios dispuestos por una ley provincial -de autoría del diputado Facundo Tignanelli- para protegerlas de los efectos económicos relacionados a la pandemia.
De acuerdo a lo especificado, las quejas tuvieron que ver con que las distribuidoras no aplicaron la tarifa cero que debían facturar durante el tiempo que durara la emergencia sanitaria a asociaciones civiles declaradas de interés público provincial, entre las que figuran clubes de barrio, centro de jubilados, centros culturales, sociedades de fomento, jardines comunitarios y organizaciones de comunidades migrantes, entre otras.
Ante esta situación, el Juzgado en lo Contencioso Administrativo N°4 de La Plata dictó esta medida para que las empresas se abstengan de suspender, limitar o cortar el servicio por falta de pago hasta tanto se resuelva de fondo el asunto, o bien hasta que se venzan los plazos legales de la emergencia sanitaria establecidos para el beneficio de tarifa cero.
“A pesar de que la ley es clara en cuanto a los beneficios, nos encontramos que las empresas no sólo no la cumplieron sino que siguen facturando normalmente, e incluso las han intimado con cortes por falta de pago. Estamos ante un grave incumplimiento de las normas y una clara afectación de los derechos de las personas que son contenidas por estas asociaciones”, manifestó el ombudsman provincial, Lorenzino.