La iniciativa aprobada tiene por finalidad la producción de un producto de calidad y estabilizado, que pueda ser utilizado para fines de investigación, a la vez que establece que los distintos organismos intervinientes, en el marco de sus competencias, deberán propender a la trazabilidad del material de cannabis en cuanto a las condiciones de producción, difusión, manejo y acondicionamiento tanto de los órganos vegetales como en instancias posteriores en la producción del aceite y lograr así la calidad a la que hace referencia la legislación.
A través de la norma, además, se le dio intervención al Instituto Nacional de Semillas (INASE), órgano regulador de las condiciones de producción, difusión, manejo y acondicionamiento de los órganos de propagación de la especie, a fin de permitir la trazabilidad de los productos vegetales y dar cumplimiento a lo normado en la Ley N° 27.350, su Decreto Reglamentario N° 883/2020 y la normativa complementaria pertinente.
“El Programa, entre otras acciones, debe impulsar la investigación con el fin de generar evidencia científica de calidad que permita a las y los pacientes humanos acceder a la planta de cannabis y sus derivados en forma segura, así como promover las investigaciones que realizan el Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (CONICET), otros organismos de ciencia y técnica, universidades, organizaciones de la sociedad civil, sociedades científicas, instituciones académicas, nacionales, provinciales y municipales, relacionadas con los fines terapéuticos y científicos de citada planta y sus derivados”, se especificó entre los considerandos de la medida que lleva la firma de la ministra de Salud, Carla Vizzotti.