Por medio de la Disposición 417/2022 publicada en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional autorizó la concesión de residencia por “Razones Humanitarias” y con un plazo de permanencia autorizado de tres años, a aquellos nacionales extranjeros ucranianos y sus familiares directos, independientemente de su nacionalidad, que al momento del dictado de la presente norma se encuentren fuera de la República Argentina.
En ese sentido, también se dio el visto bueno para la concesión de Permiso de Ingreso y visado temporario por “Razones Humanitarias” y con un plazo de permanencia autorizado de tres años a aquellos nacionales extranjeros ucranianos y sus familiares directos, independientemente de su nacionalidad, que efectúen la presente solicitud de ingreso ante las oficinas de la red consular argentina.
Por otro lado, se estableció que los beneficiarios estarán eximidos del pago de las tasas migratorias por encuadrar su situación en el estado de vulnerabilidad referido por la Disposición DNM N° 165 del 31 de enero de 2014, y encontrándose reunidas asimismo las razones humanitarias requeridas por el artículo 17 inciso e) del Decreto N° 616/10 para fijación de dicho criterio de dispensa.
“La presente se enmarca en las políticas de protección de los derechos humanos que sostiene la República Argentina y la Dirección Nacional de Migraciones tendientes a facilitar y garantizar la protección de los beneficiarios de esta medida como la reunificación familiar de los ciudadanos ucranianos. Asimismo, esta iniciativa responde al llamamiento realizado por los organismos internacionales”, se expresó entre los considerandos de la norma que lleva la firma de la titular de Migraciones, Florencia Carignano.