El Defensor del Pueblo Adjunto de la Provincia de Buenos Aires, Walter Martello, explicó que la solicitud está dirigida al Banco Central y que el objetivo es que se instrumenten medidas para evitar la aplicación de cobros indebidos o descuentos por mora a los jubilados, monotributistas o trabajadores informales que resulten beneficiarios del “bono especial” de $12.000 o $18.000 anunciado recientemente por el Gobierno de Alberto Fernández.
Asimismo, se aclaró que pedido del organismo se sustenta en el carácter principalmente alimentario e intangible que tiene esa contribución.
Por caso, Martello recordó que en el año 2020, durante el pago del Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) que se instrumentó para paliar los efectos económicos provocados por la pandemia del coronavirus, se registraron numerosos reclamos producto de descuentos que en su mayoría eran consecuencia de préstamos otorgados por financieras y entidades bancarias.
Por ese motivo -añadió- la ANSES emitió la Resolución 84/2020 y el BCRA la Comunicación 11.966, siendo que para ambos casos se estableció que los montos del IFE poseían “carácter alimentario”, y que no eran susceptibles de descuento alguno ni computable para ningún otro concepto. Además, en caso de haberse efectuados débitos, dichos descuentos debían ser reintegrados inmediatamente a los beneficiarios.
En aquel entonces y a partir del reclamo realizado por las distintas organizaciones que se dedican a defender a los consumidores, se logró el reintegro de la totalidad de los importes descontados ilegalmente que, en no pocos casos, representaban más del 60% del monto asignado por el IFE.
“La letra chica de muchos contratos que se firman con las financieras establece que, ante la mínima mora, quedan habilitadas a debitar dinero en cualquier cuenta del sistema bancario que esté a nombre de la persona deudora. Estamos hablando de préstamos que tienen intereses y costos financieros exorbitantes: promedian el 250% anual”, advirtió el Defensor del Pueblo Adjunto provincial.
Entre otros casos, también mencionó que un antecedente de descuentos ilegalmente aplicados ocurrió en 2019 con el subsidio extraordinario concedido por el Decreto 73/2019 (monto de $3.000 a jubilados y beneficiarios de AUH), lo cual motivó a que el BCRA dispusiera la COMUNICACIÓN “B” 11928/19.
Dicha medida emitida por la autoridad monetaria estableció que “no corresponde deducir de esos beneficios ningún tipo de concepto, sea por operaciones concertadas con la propia entidad financiera pagadora o con terceros, tales como cuotas de préstamos otorgados con código de descuento, comisiones o cargos por servicios adicionales a la cuenta contratados por el beneficiario, débitos automáticos para el pago de impuestos, servicios y otros conceptos”.