La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) resolvió extender hasta el 31 de julio de 2022 los plazos para que los contribuyentes puedan cancelar las obligaciones de los impuestos a las Ganancias y Bienes Personales en hasta tres cuotas y con un pago a cuenta del 25%, a la vez que prorrogó por dos meses los beneficios de los planes de pago permanente, en relación a la cantidad de cuotas y planes adheribles.
En efecto, la Resolución General 5194/2022 publicada en el Boletín Oficial define que los contribuyentes puedan cancelar las obligaciones de los impuestos a las Ganancias y Bienes Personales en hasta tres cuotas y con un pago a cuenta del 25%, al tiempo que dispone que el organismo no considerará la categoría del Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER) de los contribuyentes al momento de tramitar planes para regularizar sus obligaciones alcanzadas.
El beneficio, cabe remarcar, alcanza a los contribuyentes incluidos en las categorías A, B, C o D y excluye a quienes estén categorizados como “riesgo muy alto”, categoría E.
Por otro lado y a través de la Resolución General 5195/2022, la AFIP otorgó hasta el 31 de julio vigencia transitoria correspondiente a la cantidad de planes de facilidades de pago admisibles, así como la cantidad de cuotas y la tasa de interés de financiamiento aplicables en el régimen de facilidades de pago permanentes (el máximo es 8 cuotas y 6 planes por persona).
Además, se especificó que los beneficios en las condiciones de los planes permanentes de pagos para quienes desarrollan actividades críticas también continuarán vigentes hasta el 31 de julio de 2022.