El fallo de la jueza en lo Contencioso Administrativo, Adriana Tettamanti, declaró inconstitucional la ley 2348-N, que había sido sancionada en diciembre pasado, por “resultar carente de valor en razón del trámite seguido para su sanción, de conformidad con lo previsto en el art. 11 de la Constitución de San Juan y los fundamentos dados”.
La medida judicial hizo lugar al reclamo de inconstitucionalidad realizado por los diputados Juan Carlos Gioja, Leonardo Gioja y Graciela Seva, que pertenecen al sector del PJ local que lidera el ex gobernador, José Luis Gioja.
La ley había sido sancionada el 16 de diciembre pasado a partir de una presentación sobre tablas del bloque oficialista del Frente de Todos (FdT), lo que provocó la reacción de los diputados giogistas y de la coalición opositora Juntos por el Cambio (JxC) que se retiraron del recinto de la Legislatura provincial.
La norma fue sancionada por los 13 diputados del FdT; tuvo tres votos en contra y 17 abstenciones de los diputados que se retiraron de la sesión.
Los tres legisladores de Gioja presentaron a los dos días un pedido de declaración de inconstitucionalidad de la norma, basados en el procedimiento aplicado por el oficialismo, que consideraron fuera de la ley, y las disposiciones constitucionales, al advertir que la iniciativa no se trató en Comisión.
Además, señalaron entonces que, por tratarse de una modificación al Código Electoral, la ley necesitaba una mayoría especial que no tuvo.