De acuerdo a lo argumentado, el proyecto va más allá de la tenencia en sí e impulsa modificar el artículo 41 bis del Código Penal Argentino para agravar penas por el uso de armas blancas, o incluso cualquier tipo de elemento cortante.
Por tanto, si un delincuente las emplea para cometer un ataque o intimidar a la víctima, se propone elevar la condena para el delito que se trate a un cuarto en su mínimo y en su máximo.
“Nuestro Código Penal tiene más de 100 años: los tiempos exigen que actualicemos las normas y nos hagamos cargo. No puede ser que cualquiera pasee con un cuchillo por la calle y no pase nada. La Policía y la Justicia deben hacer su trabajo pero necesitamos herramientas claras en nuestra legislación. No son momentos de mirar para el costado. Hace falta determinación y firmeza”, enfatizó el diputado nacional impulsor del proyecto, Juan Martín (UCR-Santa Fe).
En concreto, la iniciativa propone incorporar al Código Penal de la Nación que quien porte armas blancas u objetos cortantes o contundentes, inequívocamente destinados a ejercer violencia o agredir, será reprimido con prisión de 6 meses a dos años de prisión y multa de $50.000 a $100.000 (igual pena, además, corresponderá a quien suministre estas armas a menores de 18 años).
De la misma manera, la tenencia de forma desenfundada o con la hoja desprotegida de armas blancas será reprimida con prisión de 1 a 3 años de cárcel; y multa de $100.000 a $250.000.
Sin embargo, aclara que quedarán exceptuados quienes deban portar un elemento cortante por motivos de profesión, oficio o actividad.
La iniciativa cuenta con el acompañamiento de los legisladores María Luján Rey; Gabriel Chumpitaz; Mario Barletta; Manuel Aguirre; Lisandro Nieri; Pamela Verasay; Jimena Latorre; Lidia Ascárate; Aníbal Tortoriello; Gustavo Bouhid y Martín Berhongaray.