La diputada Gabriela Burgos (UCR) dijo a El Tribuno que “el desafuero está establecido en el artículo 109 de la Constitución provincial y en el artículo 232 del reglamento de la Cámara legislativa. En este caso, la jueza hace pedido del desafuero conforme al artículo 109 de la Constitución y lo remite a esta Cámara porque es la Cámara como órgano independiente y soberano quien está autorizada para desaforar”.
Luego, aclaró que “los fueros corresponden a la Cámara no a cada uno de los diputados, para el correcto y normal funcionamiento”.
Consultada sobre la investigación que se le sigue a la diputada Juárez Orieta, Burgos declaró: “nosotros no somos jueces ni investigamos el fondo del tema, eso lo realiza el Poder Judicial, que es el que tiene el poder de hacerlo. Más allá de eso se conoce el fundamento que da el juez para que se desafore y de esta manera esa persona concurra como cualquier ciudadano ante la Justicia”.