La Defensora del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires, María Rosa Muiños, promovió una demanda colectiva en representación de los vecinos porteños contra la empresa Edesur y otros por la “falta de trato digno” y “carencia de información” ante la interrupción del servicio eléctrico que vienen padeciendo miles de usuarios en plena ola de calor.
Por tales motivos, entonces, requirió que se les aplique multas de entre $73.000 y $308.000, aproximadamente, para resarcir directamente a los damnificados consumidores y usuarios finales.
Asimismo, la demanda presentada exige a las empresas que informen de manera veraz las características de la falla eléctrica, la hora y el día del restablecimiento del servicio, la posibilidad de nuevos cortes y las particularidades de los trabajos realizados. A la vez, se instó a que se les comunique a los afectados la totalidad de esta información a través de llamadas telefónicas, WhatsApp y/o correo electrónico.
Además de acompañar los reclamos de los usuarios ante la Defensoría, Muiños también solicitó la creación “urgente” de una mesa de trabajo para disponer la asistencia -en estos casos de emergencia- a los usuarios más sensibles, tales como las personas con movilidad reducida o electrodependientes.
Por último y si bien la Defensoría del Pueblo representa a los usuarios y consumidores de la Ciudad de Buenos Aires y la sentencia alcanza a todos por igual, en los procesos colectivos se abre la posibilidad para que usuarios se presenten y adhieran a la demanda incorporando argumentos y relatando su caso particular (en este último, caso el organismo va a brindar el asesoramiento y el patrocinio correspondiente para que los vecinos que quieran presentarse tengan esa posibilidad).
En otro orden, desde la Defensoría porteña recordaron por medio de un comunicado que distintas Salas del Fuero Contencioso Administrativo y Tributario y de Relaciones de Consumo se declararon competentes en el año 2022 para entender en demandas contra las empresas encargadas del suministro de energía eléctrica cuando el objeto de las mismas se basa en la Ley de Defensa del Consumidor, como es la falta de información y la vulneración al trato digno.