La Administración Federal de los Ingresos Públicos (AFIP) comunicó que a partir del 30 de abril de 2023, el valor del pago a cuenta de las contribuciones patronales correspondiente al régimen de pago de las operaciones de faena de las especies bovina y bubalina será de $323.
De esta manera, los empleadores -personas humanas o jurídicas o cualquier otro ente colectivo- que sean propietarios, locatarios, arrendatarios, concesionarios o cualquier otro titular bajo cuyo nombre y responsabilidad jurídico-económica funcionen los establecimientos de faena de las especies bovina y/o bubalina, están obligados al régimen de pago a cuenta de las contribuciones patronales con destino a la seguridad social.
Por otro lado, se remarcó que se encuentran excluidos del ingreso del pago a cuenta los siguientes empleadores: el Estado nacional, los estados provinciales y municipales, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; y las cooperativas de trabajo.
Cabe señalar que el monto del pago a cuenta se calcula multiplicando el promedio mensual de animales propios o de terceros pertenecientes a las especies bovina y/o bubalina, faenados en la totalidad de las plantas explotadas -aunque no se produzca la venta posterior de la carne por cualquier causa- durante el trimestre anterior al mes en que corresponda el ingreso del pago a cuenta por el importe de $323.
Además, se aclaró que si en alguno de los meses del trimestre no hubo faena, se tomará entonces el promedio de los meses de dicho trimestre en que hubo efectiva faena, y que no corresponde ingresar el pago a cuenta cuando no se registre faena de animales propios o de terceros en ninguno de los tres meses del trimestre anterior al mes en que corresponda el ingreso.
Por último, la AFIP señaló que las tablas para bovinos, bubalinos y porcinos correspondientes a los pagos a cuenta generados, retenciones y percepciones practicadas fueron actualizadas con los valores vigentes desde el 1° de mayo de 2023.