Chaco: Se aprobaron leyes que impulsan el turismo y beneficios para docentes interinos y suplentes

Los legisladores chaqueños dieron el visto a bueno a una serie de iniciativas, entre las que se destacan las creación de la Ruta Turística Gastronómica basada en el “Turismo del Pacú Arrocero” o del Turismo Rural; y la modificación del Estatuto del Docente. Por Cuarto Intermedio

Crédito foto: Poder Legislativo de ChacoCrédito foto: Poder Legislativo de Chaco

En el marco de la pasada Sesión Ordinaria de la Legislatura chaqueña, los legisladores aprobaron la resolución en la que se acepta el veto parcial del Poder Ejecutivo a la sanción legislativa Nº 3807-H de retiro voluntario móvil por familiar con discapacidad.

Acto seguido, se sancionó por unanimidad la norma que crea la denominada Ruta Turística Gastronómica basada en el “Turismo del Pacú Arrocero” o del Turismo Rural relacionado con la piscicultura, cuyo recorrido se halla ubicado en la localidad de La Leonesa.

Dicha Ley, cuya autoría le corresponde a la diputada Elda Insaurralde, tiene como objetivo fomentar, potenciar y promocionar la propuesta turística asociada al mundo del pacú arrocero, “como un recurso turístico apto para promocionar y conocer los diversos atractivos locales, a partir de esta modalidad turística, que aporta una contribución valiosa a la economía de nuestra comunidad, como una alternativa de desarrollo turístico local”.

Por otro lado y también por unanimidad, se instituyó el 23 de septiembre de cada año como “Día Provincial de los Derechos Políticos de la Mujer”, en conmemoración a la promulgación de la Ley Nacional 13.010 de voto femenino y en el marco de la Ley 24.785 que instaura la misma fecha a nivel nacional.

Por último se ratificó el Decreto 715/23 del Poder Ejecutivo, a través del cual se establece la base de cálculo para otorgar el beneficio de la pensión graciable y vitalicia para ex combatientes; y se aprobó la modificación del Estatuto del Docente, iniciativa impulsada por el diputado (MC) Daniel Trabalón, que tiene como finalidad que los docentes, interinos y suplentes, puedan gozar del derecho a licencia por largo tratamiento o lesiones graves con goce de haberes, del mismo modo que los docentes titulares.