Por medio de la Resolución 1181/2023 publicada en el Boletín Oficial, el Ministerio de Economía fijó en $ 3.500 millones el límite máximo anual para afrontar las erogaciones que demanden las solicitudes interpuestas para los saldos acumulados del Impuesto al Valor Agregado (IVA) que tengan como origen créditos fiscales cuyo derecho a cómputo se hubiera generado durante el 2022, y para los generados entre el 1° de enero de 2018 y el 31 de diciembre de 2021 que no hayan sido objeto del mencionado régimen bajo los límites máximos aplicables a cada año.
De esta manera, entonces, el referido límite se asignará del siguiente modo:
-Sector transporte: $ 1.500 millones.
-Sector energía: $ 1.800 millones.
-Otros sectores: $ 200 millones.
Por otro lado, se determinó que el Ministerio de Transporte intervendrá en la aprobación de las solicitudes que interpongan en el marco del citado régimen los sujetos comprendidos en el sector transporte.