Por medio de la Resolución 8/2023 publicada en el Boletín Oficial, el Ministerio de Infraestructura de la Nación determinó que las tarifas de colectivos y de trenes subirán mensualmente de acuerdo a lo que arroje la inflación acumulada (esta decisión se adoptó al margen de los aumentos adicionales que se llevarán adelante una vez que se avance con la quita de los subsidios al sector).
Por otro lado, vale recordar que el Gobierno de Alberto Fernández había fijado un nuevo cuadro tarifario luego de haber permanecido congelado por dos años y medio como consecuencia de la pandemia del coronavirus, y que comenzó a regir en marzo pasado con incrementos mensuales que tomaban en cuenta el Índice de Precios al Consumidor de la Región Gran Buenos Aires publicados por el INDEC.
No obstante, dicha medida se suspendió en agosto pasado.
Es por ello que a partir del dictado de la nueva norma, volverá a aplicarse esa fórmula de incremento mensual para todos los colectivos urbanos y suburbanos de jurisdicción nacional, así como también para los servicios metropolitanos y regionales de trenes del Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA).
Asimismo, para los servicios de trenes regionales del interior del país y de larga distancia, la tarifa aumentará de acuerdo a la inflación acumulada, aunque dichos aumentos serán trimestrales y no mensuales.
De esta manera, entonces, la fórmula de incremento tarifaria para el transporte público se instrumentará a partir del 15 de enero próximo, luego de que sean aplicados los aumentos correspondientes al mes que ya habían sido dispuestos para los trenes y colectivos.