Por medio de la Resolución General 5494/2024 publicada en el Boletín Oficial, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió hasta el 30 de abril de 2024, inclusive, el plazo para que los trabajadores informen a sus empleadores las deducciones anuales del Impuesto a las Ganancias del año 2023.
De acuerdo a lo explicado por el organismo recaudador, el objetivo de la norma es el de poder brindar seguridad jurídica respecto de la liquidación anual del Impuesto a las Ganancias del año 2023. Por ello, desde la actual administración presentaron un proyecto ante el Parlamento nacional para validar, con jerarquía de ley, las disposiciones provisorias dictadas por el Poder Ejecutivo durante el año pasado.
Por otro lado, se aclaró que la liquidación anual por parte de los empleadores -a partir del dictado de la Resolución General- se realizará durante el mes de mayo, procediendo a efectuar las devoluciones del impuesto retenido en exceso a los trabajadores hasta el 10 de junio de 2024.