Se modificó el Decreto para que los jubilados puedan cobrar el bono de $70 mil con la nueva fórmula

En abril, los jubilados y pensionados recibirán un incremento extraordinario de 12,5% para compensar parcialmente las pérdidas ocasionadas por el proceso inflacionario del último año. La mínima, entonces, alcanzará un total de $241.283,31 si se le suma el bono de $70 mil. Por Cuarto Intermedio

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Por medio del Decreto 282/2024 publicado en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional dispuso que para aquellos titulares que, por la suma de los haberes de todas sus prestaciones vigentes, perciban un monto menor o igual a $171.283,31, la ayuda económica previsional será equivalente a $70.000.

De la misma manera, también se resolvió que para aquellos titulares que perciban un importe superior a $171.283,31, la ayuda económica previsional será igual a la suma necesaria hasta alcanzar el tope de $241.283,31.

Según se explicó entre los considerandos de la medida, por el Decreto de Necesidad y Urgencia 274/24 se modificó la fórmula de movilidad jubilatoria con el fin de mantener el poder adquisitivo de las prestaciones de los adultos mayores, actualizadas por la movilidad establecida por la Ley N° 27.609, y evitando así que continúen perdiendo su capacidad de compra. Asimismo, recordó que esta nueva fórmula de movilidad dispuesta se hará efectiva a partir de las prestaciones previsionales correspondientes al mes de julio de 2024.

Sin perjuicio de ello, añadió que se concederán -a partir de abril- adelantos incrementales equivalentes al Índice de Precios al Consumidor publicado por el INDEC, a cuenta del porcentaje que determine la aplicación del índice de la fórmula de movilidad vigente a la fecha del dictado del referido DNU, de modo que la transición de uno a otro régimen de movilidad no implique padecimiento alguno para los adultos mayores; y que también se concederá un incremento extraordinario por sobre el citado Índice de Precios al Consumidor de un 12,5 %.

“Ello implica reconocer a favor de los adultos mayores, además del referido aumento extraordinario, la efectiva actualización mensual de sus haberes de acuerdo con el Índice de Precios al Consumidor, desde las prestaciones correspondientes al mes de abril del corriente año… En razón de todo ello, la aplicación del régimen de transición y empalme dispuesto por el citado decreto de Necesidad y Urgencia conlleva un importante incremento porcentual de las prestaciones vigentes, correspondiendo adecuar a esta nueva realidad el tope para percibir la ayuda económica previsional”, se especificó.