La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) eliminó la obligación de informar al organismo intimaciones a empleadores realizadas por trabajadores o asociaciones sindicales mediante telegramas o cartas documento.
Concretamente, suprimió el servicio informático “Telegramas laborales” donde se remitían las copias digitales de las comunicaciones laborales dirigidas a empleadores que se enmarcaban en el artículo 1 de la ley 24.013.
De todas formas, se aclaró que el servicio seguirá disponible en la página web del organismo para que los usuarios puedan acceder a los datos históricos de las comunicaciones registradas (esto, afirmaron desde la AFIP, permitirá la consulta de la imagen digitalizada y los datos asociados a las comunicaciones laborales enviadas por los trabajadores a sus empleadores en el pasado).