La Procuración General de la Nación se opuso a que el ex juez de la Corte Suprema de la Nación, Antonio Boggiano, perciba una jubilación de “privilegio”, tras haber sido destituido en 2005 por mal desempeño de sus funciones.
La Procuradora Fiscal Irma García Netto recordó que ese tipo de beneficio previsional no depende de los descuentos que se hayan practicado en los haberes, sino que “constituye una gracia otorgada en reconocimiento del mérito y del honor”.
La cuestión, que ya tiene fallo a favor de Boggiano por parte de la Cámara Federal de la Seguridad Social, deberá ser resuelta por la Corte Suprema de la Nación, integrada por conjueces.
Boggiano, junto a Eduardo Moliné O’Connor (también destituido) Julio Nazareno, Adolfo Vázquez y Guillermo López, quienes renunciaron a su cargo, formó parte de la denominada “mayoría automática” en la década del 90´.
En 2007 el Ministerio de Desarrollo Social rechazó el derecho de Boggiano a la jubilación como ministro de la Corte Nacional, pero el ex juez presentó una demanda contra el Estado Nacional para que se declare “la nulidad de los actos administrativos” y logró sentencia a favor, luego confirmada en la Cámara del fuero.
El Estado, que resiste la demanda de Boggiano, sostiene que el ex ministro de la Corte “perdió al momento de su remoción las garantías de inamovilidad en el cargo y de intangibilidad de las remuneraciones, que no están concebidas en su beneficio personal, sino a favor de la institución conformada por el Poder Judicial”.
Para resolver la cuestión integrarán la Corte los camaristas federales Jorge Moran (en lo Contencioso Administrativo), Elida Vidal (Rosario), Hugo Gurruchaga (San Martín), Ignacio Velez Funes (Córdoba), Jorge Ferro (Mar del Plata), Javier Leal de Ibarra (Comodoro Rivadavia) y Néstor Montezanti (Bahía Blanca).