Un tribunal oral de San Martín absolvió por el beneficio de la duda a dos marineros de la Prefectura Naval acusados de haber llevado “a pasear” a dos niños por las aguas del Paseo de la Costa, uno de los cuales murió ahogado.
Los marineros Juan Calos Mario Godoy y Nicolás Sebastián Aguilera llegaron a juicio acusados por los hechos ocurridos el 23 de enero de 2010, aproximadamente a las 18:45, cuando ambos estaban “afectados al denominado operativo SENADE (patrullaje fluvial por la zona del Paseo de la Costa en la localidad de Vicente López)”.
Según la acusación formulada por el fiscal Sebastián Bassó, ambos “aceptaron subir y pasear en sus motos de agua a los menores Natalí Villalba Cano y Emanuel Héctor Suárez, todo ello sin chaleco salvavidas, en aguas profundas del Río de la Plata, en condiciones climáticas poco propicias para tal faena, en un sitio en el que estaba prohibido bañarse y sin importarles que su función de patrullaje `preventivo´, entre otras cosas, les impedía proceder de ese modo”.
En esas circunstancias, por razones diversas, los ocupantes de las motos cayeron al agua y el menor Suárez murió ahogado.
Los marineros dieron otra versión: dijeron que los niños se habían introducido a las aguas sin permiso, que estaban a punto de ahogarse y fueron ellos quienes, en el marco del patrullaje preventivo, rescataron con extremas dificultades a la niña pero no pudieron hacer lo propio con el menor de edad.
“Luego de un pormenorizado análisis global y concordante de las pruebas producidas -e introducidas- durante el debate, éstas no resultaban suficientes para afirmar, con la certeza que esta instancia impone, que los hechos se produjeron como lo afirmara el fiscal en su alegato”, dijo el voto mayoritario, firmado por los jueces Marcelo Gonzalo Díaz Cabral y María Claudia Morgese Martín.
“Beneficio de la duda mediante, corresponde dictar un pronunciamiento absolutorio respecto de los imputados Godoy y Aguilera”, sostuvo el voto mayoritario, con el que no estuvo de acuerdo el tercer integrante del tribunal oral federal número cinco de San Martín, Alfredo Ruiz Paz.
Más allá de la absolución, el fallo destacó que “se ha puesto de manifiesto la desidia y ausencia de previsión por parte de las autoridades de la Prefectura Naval Argentina en la administración de los recursos humanos y materiales necesarios para el cumplimiento de su función operativa como fuerza de seguridad”. Los marineros “carecían de la instrucción teórica y práctica necesaria para llevar a cabo un salvataje en la emergencia, las embarcaciones que se les proveyó carecían de los instrumentos básicos para ello, como ser un segundo chaleco salvavidas y una cuerda para acarrear a la víctima, ni siquiera contaban con un teléfono móvil (o handy) para poder dar aviso inmediato a las autoridades”.
El fallo denunció que la prefectura incurrió en “un claro desinterés tanto por el efectivo y eficiente desempeño de sus funciones como por el cuidado del personal a su cargo, intentando refugiarse en el supuesto y casi anónimo cumplimiento de rutinas burocráticas».