La Corte Suprema rechazó el reclamo de la Secretaria de Programación para la Prevención de la Drogadicción y Lucha contra el Narcotráfico (SEDRONAR) por el envío de fondos a la provincia de Misiones que nunca llegaron destino.
La Corte rechazó el reclamo porque el dinero, enviado como parte de un programa de “apoyo económico”, fue canalizado a través de un “funcionario que carecía de atribuciones para representar a la accionada”, es decir a la provincia.
“La provincia no ha reconocido como propio el comportamiento desplegado por el funcionario, que carecía de atribuciones para representarla, y menos ha admitido que los fondos entregados hayan sido percibidos por ella”, subrayaron los jueces Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda y Raúl Zaffaroni.
Los hechos ocurrieron en 1993, con fondos destinados “a equipar y habilitar una sala de desintoxicación de afectados por el consumo de alcohol y droga en el Hospital Baliña y a poner en funcionamiento una sala de musicoterapia y un taller de refrigeración dependiente del Centro de Recuperación Manantial”, e involucraba una suma de 47 mil pesos.
“La validez y eficacia de los contratos administrativos se supeditan al cumplimiento de las formalidades exigidas por las disposiciones legales pertinentes en cuanto a la forma y procedimientos de contratación”, resume el fallo, que critica tácitamente la falta de controles en el manejo de los fondos de la SEDRONAR por aquellos años.