Gils Carbó dictaminó a favor del fallo que frenó los aumentos del gas

La Procuradora General le propinó duras críticas al Gobierno nacional tras dictaminar a favor del fallo de la Cámara Federal de La Plata que frenó... Por Cuarto Intermedio

La Procuradora General le propinó duras críticas al Gobierno nacional tras dictaminar a favor del fallo de la Cámara Federal de La Plata que frenó la suba de la tarifa del gas. Entre otras cuestiones, objetó que no se haya convocado a audiencias públicas, y también pidió que el Estado garantice el acceso al servicio básico.

La Procuradora General de la Nación, Alejandra Gils Carbó, sostuvo en su dictamen -que no es vinculante- que la falta de audiencia pública restringió los derechos constitucionales de información, consulta y participación de los usuarios y consumidores.

Además, señaló que si bien es facultad del Ejecutivo definir la política pública en esta materia, el control judicial debe garantizar que su implementación se realice de acuerdo al marco legal vigente y sin afectar derechos humanos y fundamentales vinculados a la accesibilidad al gas.

Según consignó el sitio web fiscales.gob.ar, Gils Carbó consideró que “corresponde confirmar el fallo de la Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata que, tras revocar la sentencia de primera instancia, había declarado la nulidad de las resoluciones 28/2016 y 31/2016 del Ministerio de Energía y Minería de la Nación y ordenó que el marco tarifario correspondiente al servicio de gas se retrotrajera a las tarifas vigentes con anterioridad al dictado de esas medidas”.

La funcionaria judicial, además, consideró que el tribunal platense había interpretado “adecuadamente el derecho federal vigente al concluir que el aumento tarifario no pudo ser válidamente implementado sin la realización previa de una audiencia pública dado que la Ley 24.076 de Gas Natural impone ese mecanismo como herramienta para garantizar el derecho constitucional de información, consulta y participación de los usuarios y consumidores previsto en el artículo 42 de la Constitución Nacional”.