Finalmente, el Gobierno nacional publicó el Decreto en el Boletín Oficial mediante el cual se oficializó el pago de un bono de $5.000 no remunerativos para los trabajadores del sector privado, y que será abonado con el sueldo del mes de octubre.
“Establécese una asignación no remunerativa para todos los trabajadores en relación de dependencia del sector privado, que ascenderá a la suma de $5.000, la cual se abonará en el mes de octubre de 2019 o en los plazos, cuotas y condiciones que establezcan las partes signatarias de los Convenios Colectivos de Trabajo en ejercicio de su autonomía colectiva”, instruye el artículo 1º de la medida.
Asimismo, aclara que cuando la prestación de servicios fuere inferior a la jornada legal o convencional, los trabajadores percibirán la asignación en forma proporcional, de acuerdo a los mecanismos de liquidación previstos en el convenio colectivo aplicable o, supletoriamente, según las reglas generales contenidas en la Ley N° 20.744 y sus modificatorias.
En esa línea, además, la medida especifica que los $5.000 se compensarán en las próximas revisiones salariales, y que los empleadores que hubiesen otorgado, unilateralmente o por acuerdo de manera extraordinaria, otros incrementos sobre los ingresos de los trabajadores a partir del 12 de agosto de 2019, podrán compensarlos hasta su concurrencia con la suma total de la asignación establecida.
Por último, el Decreto que lleva la firma del Presidente Mauricio Macri y la de todos sus ministros, añade que quedan excluidos del pago del bono los trabajadores del sector público nacional, provincial, municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cualquiera sea su modalidad de vinculación y/o el régimen laboral aplicable, así como también los trabajadores del Régimen de Trabajo Agrario y del Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares.
“Resulta procedente establecer una asignación no remunerativa para los trabajadores del sector privado, dejándose constancia que ello no implica una afectación del derecho constitucional de negociación colectiva, el cual mantiene plena vigencia con los niveles y alcances que determinen las partes en cada caso”, se consignó entre los considerandos de la norma.