Por medio del Decreto 455/2020 publicado en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional resolvió ampliar la eliminación de los aranceles a la importación de una serie de equipamientos médicos y de insumos sanitarios mientras dure la emergencia sanitaria por el coronavirus declarada por la Ley N° 27.541, y ampliada luego mediante el Decreto N° 260/20.
“Dada la situación de emergencia sanitaria que tiene lugar en nuestro país y para no afectar la atención sanitaria de la población como consecuencia del brote del nuevo Coronavirus COVID-19, resulta necesaria la adopción de nuevas medidas que se sumen a las ya adoptadas desde el inicio de esta situación, garantizando a la población el acceso a ciertos insumos críticos con el fin de mitigar su propagación y su impacto sanitario”, se argumentó entre los considerandos de la medida.
De esta manera, los bienes que se sumarán a los que anteriormente se les había fijado un Derecho de Importación Extrazona (D.I.E.) del 0% serán:
*Alcohol etílico, sin desnaturalizar, en grado alcohólico volumétrico superior a 80% vol, con un contenido de agua inferior o igual a 1% vol.
*Alcohol etílico, sin desnaturalizar, en grado alcohólico volumétrico superior a 80% vol, con un contenido de agua superior a 1% vol.
*Alcohol etílico. Los demás.
*Alcohol propílico.
*Alcohol isopropílico.
*Ácidos nucleicos y sus sales.
*Desinfectante de superficies para equipos médicos y pisos.
*Desinfectante de superficies para equipos médicos y pisos; alcohol en gel.
*Reactivos para diagnóstico, de uso in vitro para uso humano, para la detección de COVID-19.
*Artículos de laboratorio o farmacia.
*Guantes para cirugía.
*De los tipos utilizados en cirugía y medicina.
*Mascarillas del tipo de las utilizadas por los cirujanos en las operaciones. De telas sin tejer.
*Gorros descartables.
*Descartables.
*Bomba de circulación extracorpórea, de los tipos utilizados para el bombeo de fluidos sanguíneos o infusiones hospitalarias.
*bomba de circulación extracorpórea, de los tipos utilizados para el bombeo de fluidos sanguíneos o infusiones hospitalarias.
*Concentradores de oxigeno.
*Gafas de seguridad.
*Viseras de seguridad.
*Electrocardiógrafos, sus partes y accesorios.
*Ecógrafo con análisis espectral Doppler.
*Ecógrafo.
*Aparatos de diagnóstico de visualización por resonancia magnética, sus partes y accesorios.
*Explorador tomográfico por emisión de positrones (PET -«PositronEmissionTomography»).
*Cámaras Gamma.
*Los demás aparatos de centollografía, sus partes y accesorios.
*Endoscopios.
*Audiómetros.
*Los demás aparatos de electrodiagnóstico.
*Oxímetro de pulso.
*Las demás partes de aparatos de electrodiagnóstico.
*Jeringas, incluso con aguja de material plástico, de capacidad inferior o igual a 2 cm3.
*Las demás jeringas, incluso con aguja, de material plástico.
*Las demás jeringas, incluso con aguja.
*Agujas tubulares de metal ,de acero cromo-níquel, bisel de tres caras y diámetro exterior superior o igual a 1,6 mm, de los tipos utilizados con bolsa de sangre.
*Las demás agujas tubulares de metal para medicina humana.
*Agujas para medicina humana.
*Sondas, catéteres y cánulas, de caucho.
*Catéter de poli (cloruro de vinilo), para embolectomía arterial.
*Catéter de poli (cloruro de vinilo), para termodilución.
*Catéteres intravenosos periféricos, de poliuretano o copolímero de etilenotetrafluoretileno (ETFE).
*Las demás sondas, catéteres y cánulas, de uso en medicina humana.
*Lancetas para vacunación y cauterios, de uso en medicina humana.
*Artículo para fístula arteriovenosa, compuesto de aguja, base de fijación tipo mariposa, tubo de plástico con conector y obturador.
*Los demás instrumentos.
*Instrumentos y aparatos para transfusión de sangre o infusión intravenosa.
*Partes de instrumentos y aparatos para transfusión de sangre o infusión intravenosa.
*Aparatos para medida de la presión arterial.
*Endoscopios, sus partes y accesorios.
*Desfibriladores externos que operen únicamente en modo automático (AED).
*bombas de infusión.
*Laringoscopios.
*Aparatos de oxigenoterapia, sus partes y accesorios.
*Aparatos de aerosolterapia.
*Partes y accesorios.
*Aparatos respiratorios de reanimación.
*Partes y accesorios.
*Pulmones de acero.
*Partes y accesorios.
*Los demás aparatos y sus partes.
*Máscaras antigás.
*Aparatos respiratorios.
*Cardiodesfibriladores automáticos.
*Cardioversores.
*Infusor de insulina portable por el paciente.
*Termómetros clínicos.
*Termómetros clínicos.
*Los demás, infrarrojos.
*Cama con mecanismo de uso clínico.
* Camillas.
*Mesas rodantes y mesas de luz de los tipos utilizados por pacientes hospitalarios durante su internación.
*Pies de los tipos utilizados en el suministro de suero a pacientes hospitalarios.
*Mesas rodantes y mesas de luz de los tipos utilizados por pacientes hospitalarios durante su internación.
*Mesas rodantes y mesas de luz de los tipos utilizados por pacientes hospitalarios durante su internación.