Vale recordar que la denominada “Ley Silvio” sancionada por el Congreso nacional el 21 de mayo pasado había sido denominada de esa manera en homenaje a Silvio Cufré, un enfermero de Alejandro Korn que fue el primero en fallecer en el marco de la lucha contra la pandemia del coronavirus.
Con la reglamentación del Programa de Protección al Personal de Salud ante la pandemia, entonces, se impulsan los procedimientos de cuidado en el trabajo y acompañar a cada trabajador de la salud con entrenamiento y capacitación en el uso adecuado de los elementos de protección personal para mitigar el riesgo de contagio.
Asimismo, para el desarrollo de las medidas de bioseguridad los establecimientos de salud deberán cumplimentar con las recomendaciones y guías elaboradas y publicadas por la Autoridad de Aplicación, específicamente las relacionadas con la organización asistencial de los establecimientos y las recomendaciones en torno a los equipos de protección personal, garantizando su provisión a los trabajadores y trabajadoras.
De la misma manera, la Autoridad de Aplicación deberá llevar a cabo las acciones necesarias de rectoría, coordinación y articulación “junto con los diferentes niveles jurisdiccionales a fin de garantizar la aplicación de las políticas de Protección al Personal de Salud que tiene como objetivo la Ley que por el presente se reglamenta, aplicando estándares de calidad tanto en el cuidado de la salud de personas afectadas por COVID-19, como en la seguridad y cuidado de los trabajadores y las trabajadoras de la salud”.