La Sala II de la Cámara de Casación, con las firmas de los jueces Angela Ledesma y Alejandro Slokar, declaró la inconstitucionalidad del artículo 14 del Código Penal en cuanto impide la libertad condicional a los condenados declarados reincidentes.
La Cámara revirtió un fallo del 5 de septiembre de 2012 dictado por el Juzgado Nacional de Ejecución Penal Nº 3 de esta ciudad, que dispuso “no hacer lugar al planteo de inconstitucionalidad del artículo 14 del Código Penal, que fuera formulado en el caso por la defensa oficial, y rechazar la incorporación del interno Walter Rene Salguero o Luis Antonio Chávez al régimen de la libertad condicional”.
El fallo receptó el reclamo sobre que “la restricción del artículo 14 del Código Penal es general, constituye una presunción de peligrosidad que no admite prueba en contrario y sólo tiene asidero en la condición previa que el condenado posee y que fuera objeto de valoración al momento de determinación de la pena, de modo tal que, el programa de resocialización individualizado y voluntario respecto de los reincidentes carece de todo sentido”.