Por medio de la Resolución General 5375/2023 publicada en el Boletín Oficial, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dispuso que la feria fiscal de invierno tendrá lugar entre los días 17 y 28 de julio, ambos inclusive.
En efecto, la norma establece la suspensión del cómputo de los plazos vigentes en determinaciones de oficio, sumarios, multas, descargos, intimaciones y clausuras, entre otros.
Cabe señalar que la feria fiscal consiste en la extensión de todos los plazos procedimentales en materia impositiva, aduanera y de la seguridad social, aunque no suspende las acciones de la AFIP.
No obstante, durante su vigencia quedan en suspenso el cómputo de los plazos que rigen para la respuesta de los contribuyentes a los requerimientos del organismo.