La discusión se centra en la interpretación hecha por el Tribunal sobre un porcentaje de votos que marca el umbral mínimo para acceder a la Cámara Baja, establecido por el decreto ley número 9.280/83.
En su artículo 5to, esa norma establece que “no participarán en la distribución de cargos” las listas “que no logren un mínimo del 3% del padrón electoral del distrito”.
La lista de Giustiniani obtuvo, según el escrutinio definitivo de las elecciones generales provinciales del 10 de septiembre, el 2,52% del total de empadronados, pero el Tribunal no tuvo en cuenta el decreto y con ello otorgó la última banca al espacio Igualdad y Participación.
Ante esa determinación, el Frente Amplio por la Soberanía, que logró el 4,70% de los votos y consiguió dos bancas (Carlos Del Frade y Claudia Balagué), recurrirá la decisión al entender que se aplicó un criterio erróneo.
El diputado Fabián Palo Oliver consideró que el Tribunal desconoció “la legislación vigente y la jurisprudencia en la materia”, por lo que anunció que recurrirá la decisión para que no se cambien las reglas de juego.
En tanto, Giustiniani sostuvo en declaraciones periodísticas que “el decreto 9.280 está orgánicamente derogado y es inconstitucional”, y sostuvo que no hay “ninguna duda que la decisión del Tribunal Electoral es la correcta”.
Hasta el momento, la nueva composición de la Cámara de Diputados, que entrará en funciones el 10 de diciembre, tiene 28 bancas de Unidos para Cambiar Santa Fe; 10 del frente peronista Juntos Avancemos; 7 de Unite por la Libertad y la Dignidad; 2 del Frente Amplio por la Soberanía; 2 de Viva la Libertad; y la restante de Igualdad y Participación.