El Gobierno nacional modificó la Ley de Tránsito

A partir de la medida publicada en el Boletín Oficial, se establecieron las modificaciones que completan la desregulación del transporte automotor, tales como la simplificación de los procesos de renovación del Sistema Nacional de Licencias de Conducir y la extensión de vigencias para la verificación técnica vehicular. Por Cuarto Intermedio

Por medio del Decreto 196/2025, el Gobierno nacional oficializó las modificaciones que completan la desregulación del transporte automotor, cuyos cambios abarcan la agilización de los trámites administrativos junto con la reducción de costos para los conductores particulares y profesionales; la simplificación de los procesos de renovación del Sistema Nacional de Licencias de Conducir; la implementación de la licencia nacional digital; la eliminación de la Licencia Nacional de Transporte Interjurisdiccional (LiNTI); y la incorporación de peajes sin barreras.

De esta manera y entre las novedades mencionadas, cabe señalar que la licencia nacional de conducir será digital y válida en todo el país, lo cual implicará que para su renovación los conductores presentarán un certificado de aptitud psicofísica de manera online, cada 5 años si son menores de 65 años, cada 3 años en mayores de 65 y anualmente después de los 70 años (para los casos en que la persona posea antecedentes por infracciones graves, la revalidación requerirá también la aprobación del examen teórico práctico).

A su vez, los conductores principiantes continuarán utilizando el cartel identificatorio de su condición durante los primeros 6 meses de expedida la licencia y, de incurrir en faltas graves durante los primeros 2 años, se les suspenderá la licencia.

Por su parte, tanto los cursos teórico-prácticos como los exámenes de aptitud psicofísica -necesarios al momento de la obtención de la licencia- podrán realizarse en forma descentralizada por prestadores públicos y/o privados, con estándares y exigencias previamente definidos por la Agencia Nacional de Seguridad Vial (los certificados podrán presentarse de manera online).

Con respecto a los conductores profesionales de cargas generales y transporte de pasajeros, la principal novedad radica en que se eliminará la Licencia Nacional de Transporte Interjurisdiccional (LiNTI), lo cual significa que las licencias nacionales de conducir de las clases C, D y/o E (profesionales) serán válidas para el transporte interjurisdiccional de cargas y pasajeros, siempre que sean emitidas por jurisdicciones autorizadas por la Agencia Nacional de Seguridad Vial.

En relación a los plazos para la realización de las revisiones técnicas, en vehículos 0km de uso particular se exteenderá a 5 años a partir de la fecha de patentamiento inicial; en el caso de los 0km de uso no particular tendrán que hacer su primera revisión en el plazo que establezca la jurisdicción local y que no podrá superar el año; y en vehículos usados de uso particular con hasta 10 años de antigüedad la revisión técnica tendrá una vigencia de 2 años y en los de antigüedad mayor a 10 años la vigencia será anual.

Finalmente, otro de los cambios que moderniza el sistema pasa por la implementación en todas las rutas nacionales del país de los peajes sin barreras: para ello, la Dirección Nacional de Vialidad deberá establecer un cronograma de implementación que prevea que, para junio de 2027, todas las rutas nacionales deberán contar exclusivamente con sistemas de cobro free Flow.