Quedó promulgada la ley de “Emergencia Alimentaria” nacional

El Gobierno promulgó la ley que prorroga la “Emergencia Alimentaria” en todo el territorio nacional hasta el 31 de diciembre de 2022. La misma garantiza en forma permanente y de manera prioritaria el derecho a la alimentación y la seguridad alimentaria y nutricional de la población en el país. Por Cuarto Intermedio

Por medio del Decreto 667/2019 publicado en el Boletín Oficial, el Gobierno promulgó la Ley N° 27.519 -“Emergencia Alimentaria”- que había sido sancionada con amplio consenso en el Congreso nacional el 18 de septiembre pasado.

En efecto, se trata de la prórroga del Decreto 108 que había sido firmado en el 2002 por el entonces Presidente Eduardo Duhalde para que se extienda hasta el 31 de diciembre de 2022 la “Emergencia Alimentaria Nacional”, así como también para que se le dé creación al Programa de Alimentación y Nutrición Nacional.

La norma estipula, entre otras cuestiones, que se disponga un incremento de emergencia como mínimo del 50% de las partidas presupuestarias vigentes del corriente año correspondientes a políticas públicas nacionales de alimentación y nutrición.

Asimismo también se faculta -a partir del 1° de enero del año 2020 y hasta que dure la emergencia- al Jefe de Gabinete a actualizar trimestralmente las partidas presupuestarias correspondientes a políticas públicas nacionales de alimentación y nutrición, tomando como referencias mínimas el aumento de la variación porcentual del rubro “alimentos y bebidas no alcohólicas” del Índice de Precios al Consumidor (IPC) y la variación de la Canasta Básica Alimentaria (CBA), que elabora el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC).

Por otra parte, el Poder Ejecutivo nacional podrá disponer las ampliaciones y las reestructuraciones presupuestarias, y las decisiones administrativas conducentes a un abordaje efectivo de la emergencia alimentaria y nutricional. “Las reestructuraciones presupuestarias no podrán realizarse con la reducción de los créditos correspondientes a la finalidad `Servicios Sociales´”, añade la norma.