Se aprobó la nueva Ley de Biocombustibles

El Senado nacional le dio sanción definitiva al proyecto que actualiza el régimen legal del biocombustible, el cual reemplazará al que venía funcionando desde hace 15 años. De esta manera, se establecieron nuevos porcentajes de cortes para nafta y gasoil en relación con los distintos componentes que participen de su elaboración. Por Cuarto Intermedio

Con 43 votos a favor y 19 en contra, la Cámara de Senadores de la Nación aprobó el nuevo régimen de promoción para la industria de los biocombustibles, el cual establece que las empresas productoras y/o destiladoras de hidrocarburos no podrán ser titulares ni participar de empresas dedicadas a la actividad, a la vez que fija nuevos porcentajes de cortes para nafta y gasoil en relación con los distintos componentes que participen de su elaboración, entre otras cuestiones.

En efecto, la ley tendrá vigencia hasta el año 2030 y establece nuevos porcentajes de cortes para nafta y gasoil en relación con los distintos componentes que participen de su elaboración: en el caso de la nafta, pauta un mínimo obligatorio de 12% de bioetanol y una eventual reducción al 9%; mientras que para el gasoil el corte mínimo del biodiésel será de un 5%, con una eventual reducción al 3%; y para el caso de la caña de azúcar deberá contemplar un mínimo de 6% de mezcla obligatoria.

Sobre las características de esta reglamentación, el secretario de Energía, Darío Martínez, evaluó que los niveles de corte definidos son el resultado del diálogo con los actores productivos, y tienen como objetivo sostener e incrementar la actividad, que es generadora de puestos de trabajo.

Asimismo, se determinó que la Secretaría de Energía quedará definida como autoridad de aplicación del régimen y además se contempla la creación de una “Comisión de Biocombustibles” con la participación de organismos nacionales, así como también de un “Consejo de Provincias Productoras”, dos instancias que permitirán monitorear el estado de la actividad y las necesidades de cada región del país.

Entre otras de sus principales características, se dispuso que las empresas responsables de llevar a cabo las mezclas obligatorias de biocombustibles con combustibles fósiles deberán adquirir, sin excepción, la totalidad de aquellos exclusivamente de las empresas elaboradoras autorizadas a tales efectos por la autoridad de aplicación, de acuerdo a los parámetros de precio y distribución de cantidades establecidos en la ley.