Un juez de Ejecución Penal de Paraná emitió un controversial fallo en el que declaró la inconstitucionalidad de un artículo del Código Penal que impide las excarcelaciones a condenados bajo determinadas circunstancias.
El artículo 14 sostiene que “la libertad condicional no se concederá a los reincidentes” y establece prohibiciones para salidas anticipadas en determinados casos de homicidio.
Pero el juez Mario González Calderón declaró la inconstitucionalidad del artículo en cuanto impide la libertad condicional para los condenados por homicidio en ocasión de robo.
El fallo formula una feroz crítica a las políticas criminales punitivistas. Y suma un ingrediente más a una polémica sobre la derogación de la reincidencia como factor para impedir que un condenado salga en libertad antes de cumplir el total de la pena.
La parte resolutiva del fallo del juez González Calderón dispone, tras la inconstitucionalidad, “otorgar la libertad condicional en forma inmediata, que ha solicitado la Interna Penada, bajo condiciones de fijar domicilio y someterse al control del Patronato de Liberados de Entre Ríos, con las obligaciones que dicha institución le imponga”.