La Justicia en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad rechazó el reclamo de 100 mil pesos de un vecino que dijo haberse lesionado una pierna al resbalar cuando tomaba un baño en una ducha pública, y lo condenó a pagar más de 30 mil pesos por las “costas” del proceso”.
El juez Darío Reynoso desestimó el planteo de un vecino, quien “relató que el viernes 31 de enero del 2003 se encontraba disfrutando el día al aire libre en las intersecciones de la Av. Brasil y la calle Calabria, de esta ciudad”.
“La alta temperatura reinante me invitó a refrescarme en las duchas públicas que daban directamente sobre la Avenida Brasil y en el interior del parque. Luego de tomar el ansiado baño y cuando me disponía a regresar a mi reposera, sufrí un resbalón”, explicó el presunto damnificado.
El denunciante atribuyó el siniestro a que “el piso no tenía ningún tratamiento antideslizante y a que además no existía cartel que advirtiera tal peligro”, y describió que debió ser atendido por el SAME y operado de una pierna en el hospital Argerich, donde permaneció internado durante 13 días.
Sin embargo, en los registros del SAME figura que “el motivo de la emergencia fue un “código L (convulsiones), y no una caída, además del diagnóstico definido en el Argerich como ‘traumatismo leve’”.
“Si bien el actor manifiesta haber sido intervenido quirúrgicamente en su pierna izquierda en el Hospital Argerich -como consecuencia del hecho relatado- y que permaneció internado por trece días a consecuencia de ello, lo cierto es que no aportó prueba documental, informativa o testimonial que así lo acredite”, sostuvo el juez Reynoso.
En ese sentido, descreyó del relato del supuesto damnificado “tanto en lo que hace a la ocurrencia del hecho como a la relación causal de éstos con los daños invocados”. Además, dispuso que las costas del juicio fueran afrontados por el propio demandante, quien de esa manera quedó obligado a pagar 30.400 pesos.