Por medio de la Decisión Administrativa 1805/2020 publicada en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional exceptuó del cumplimiento del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y de la prohibición de circular a las personas afectadas a la realización de entrenamientos en grupos de los planteles profesionales de los clubes de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA), correspondientes a las distintas Categorías (Liga Profesional del Fútbol Argentino, Primera Nacional, Primera “B” Metropolitana, Primera “C”, Federal “A” y Primera “A” del Fútbol Femenino) y a la realización de partidos amistosos entre ellos.
De acuerdo a los establecido, las actividades autorizadas deberán desarrollarse dando cumplimiento al protocolo denominado “Reinicio de la actividad futbolística-Protocolo”, aprobado por la autoridad sanitaria nacional, el cual es susceptible de ser adaptado para su implementación según la dinámica de la situación epidemiológica.
En todos los casos se deberá garantizar la higiene, y cuando correspondiere, la organización de turnos y los modos de entrenamiento deportivo que garanticen las medidas de distanciamiento necesarias para disminuir el riesgo de contagio de COVID-19.
Los desplazamientos de las personas alcanzadas, en tanto, deberán limitarse al estricto cumplimiento de las actividades exceptuadas. Además, las entidades deportivas deberán garantizar las condiciones de higiene, seguridad y traslado establecidas para preservar la salud de los y las deportistas así como de sus equipos de trabajo, y que estos lleguen a sus lugares de entrenamiento sin la utilización del servicio público de transporte de pasajeros interurbano.
La norma lleva las firmas del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; y del ministro de Salud, Ginés González García.