La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) flexibilizó las condiciones de los planes permanentes de pagos para quienes desarrollan actividades “críticas”.
Por tal motivo y con el fin de coadyuvar a la recuperación de los distintos sectores afectados, se suspendió hasta el 31 de agosto el requisito que establece que las cuotas mensuales de los planes no pueden superar el 25% del ingreso mensual de cada contribuyente.
De la misma manera, el organismo también definió extender la vigencia de los beneficios en materia de tasas de interés, cantidad de cuotas y calificación de riesgo para los planes permanentes de pago de deuda administrativa y/o judicial, al tiempo que se aclaró en la normativa que no se considerarán -para determinar la cantidad máxima de planes admitidos- aquellos que hubieran caducado hasta el 30 de abril de 2021.
“El plan de pagos permanente es un régimen de facilidades para la regularización de las obligaciones impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social”, remarcaron desde el organismo recaudador por medio de un comunicado.