El Gobierno nacional promulgó la Ley N° 27.725 que modifica el impuesto a las Ganancias, elevando el piso del Mínimo no Imponible a $1.770.000 -15 salarios mínimos, vitales y móviles (SMVM)-.
De esta manera, entonces, de los mayores haberes a 15 SMVM las alícuotas irán desde el 27 por ciento hasta el 35 por ciento, mientras que a partir de 12 SMVM mensuales se deberá abonar un 27 por ciento sobre el excedente.
Además, entre más de 12 y 36 salarios mínimos se pagará el equivalente a 3,2 SMVM más un 29 por ciento sobre el excedente; entre más de 36 y 60 salarios mínimos se abonará 10,20 SMVM más un 31 por ciento sobre el excedente; entre más de 60 y 84 salarios mínimos se pagará 17,64 SMVM más un 33 por ciento sobre el excedente; y por más de 84 salarios mínimos se pagará 25,56 SMVM más un 35 por ciento sobre el excedente.
Por otro lado, se resolvió que se deberá considerar al comienzo del período fiscal el valor del salario mínimo vigente al 1° de enero y que la actualización será el 1° de julio de cada año fiscal; mientras que las retenciones realizadas sobre los mayores ingresos netos percibidos durante el primer semestre del año fiscal se ajustarán considerando el valor del SMVM vigente en julio.