Por medio del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) N° 3/23, el Gobierno porteño creó un Régimen Especial de Subsidios para los vecinos damnificados por la “catástrofe meteorológica extraordinaria” que recayó sobre la Ciudad de Buenos Aires en la madrugada del domingo 17 de diciembre, con el propósito de atender y paliar los daños ocasionados por los fuertes vientos que hayan sufrido tanto bienes inmuebles como automotores radicados en territorio porteño.
De acuerdo a lo informado por la administración de Jorge Macri, la medida se trata de la entrega de una suma fija de dinero, que será establecida por la Secretaría de Gobierno y Vínculo Ciudadano considerando la magnitud del perjuicio por el temporal, que deberá superar un procedimiento de verificación, y la vulnerabilidad económica del solicitante.
Los montos, por su parte, serán de hasta $ 2.500.000 para daños de bienes inmuebles; y de $ 1.500.000, para automotores, independientemente de la magnitud de los daños verificados, a la vez que se aclaró que un mismo damnificado podrá recibir subsidios acumulados por perjuicios acreditados en un inmueble y un automotor (en ningún caso se otorgará el beneficio a distintas personas respecto a un mismo bien).
El DNU, en su Artículo 3°, especifica que “el subsidio contemplado en el marco del presente régimen refiere a un aporte no reintegrable con carácter de acompañamiento económico, otorgado extraordinariamente y por única vez por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a una persona damnificada en sus bienes por el temporal acaecido el 17 de diciembre de 2023, para paliar las consecuencias derivadas de tal suceso. El monto del subsidio será determinado por la autoridad de aplicación considerando la magnitud del daño acreditado y verificado por el organismo técnico competente, así como también ponderando la situación de vulnerabilidad económica del solicitante”.
Cabe señalar que el subsidio se podrá solicitar hasta el 18 de enero y la autoridad de aplicación iniciará el procedimiento de verificación del daño en un plazo de 15 días hábiles después de la solicitud. Para acceder al mismo, además, no será necesario acreditar la inexistencia de deuda del Impuesto Inmobiliario ni en concepto de infracciones para los automóviles, u otros tributos establecidos por la normativa vigente.
Finalmente y para el caso de Núcleos Habitacionales Transitorios o barrios vulnerables, el Instituto de Vivienda de la Ciudad (IVC), en conjunto con la Secretaría de Gobierno y Vínculo Ciudadano, determinará los mecanismos específicos de acompañamiento económico para asistir a los vecinos damnificados.