La Inspección General de Justicia modifica el régimen aplicable a las sociedades extranjeras

La decisión se adoptó con el objetivo de atraer inversiones genuinas para la reconstrucción y desarrollo económico del país. “Se hace imprescindible dictar de modo inmediato una resolución general para intentar solucionar, aunque sea parcial y transitoriamente, los inconvenientes”, se argumentó. Por Cuarto Intermedio

En el marco de la reunión que compartió con integrantes de la Cámara Argentino-Británica (Brit-Cham), el inspector general de Justicia, Daniel Roque Vítolo, anunció la incorporación de cambios en el régimen de inscripción ante el organismo de las sociedades constituidas en el extranjero, con el propósito de fomentar el desarrollo de inversiones en el país.

En ese sentido, anticipó la redacción de un conjunto de disposiciones para conformar un nuevo marco normativo que reemplace la Resolución General IGJ Nº 7/2015, que contemple de un modo moderno, armónico e integral la generación de condiciones, procedimientos y herramientas que permitan y ayuden a los ciudadanos y a los inversores extranjeros a promover emprendimientos que contribuyan al desarrollo nacional y que generen empleos (se estima que el nuevo cuerpo legal podría estar concluido en la primera semana de julio de este año).

“Hasta tanto sea puesto en vigencia el nuevo marco normativo, lo cual requiere de una ingeniería jurídica compleja y extensa, se deben buscar soluciones transitorias e inmediatas para acotar la honda problemática que se ha generado en torno a la actuación en el país de las sociedades constituidas en el extranjero a partir del dictado de la Resolución General IGJ Nº 8/2021, que ha dificultado y desalentado en el territorio nacional la actuación de dichas sociedades por más de cuatro años, con el consiguiente desaliento de la inversión extranjera”, sostuvo Vítolo.

Asimismo, agregó atento a la grave situación por la que atraviesa el país como consecuencia del “desastre económico” al cual lo arrastró el gobierno anterior, se hace imprescindible dictar de modo inmediato una resolución general para intentar solucionar, aunque sea parcial y transitoriamente, hasta tanto sea puesto en vigencia el nuevo marco normativo, los inconvenientes que enfrentan los inversores extranjeros para desarrollar actividades en el país.

“Las nuevas normas de facilitación de las inversiones extranjeras incluyen la apertura del criterio sostenido anteriormente por el organismo, para permitir una actuación más amplia de las sociedades ‘vehículos de inversión’; la disminución significativa en las exigencias para el cumplimiento del Régimen Informativo Anual; la eliminación del requisito de tener que proveer ‘planes de inversión’ al organismo en aquellos casos en los cuales las sociedades extranjeras solamente participen como socios o accionistas de sociedades locales; y el reconocimiento por parte de la Inspección General de Justicia de la inscripción que las sociedades constituidas en el extranjero pudieran haber obtenido en jurisdicciones provinciales, entre otras”, completó.