Establecen nuevas medidas para las llamadas telefónicas de personas detenidas de “alto riesgo”

Se trata de una medida implementada por la cartera de Seguridad nacional para regular las comunicaciones telefónicas de los reclusos incorporados en el Sistema Integral de Gestión para Personas Privadas de la Libertad de Alto Riesgo. Por Cuarto Intermedio

El Ministerio de Seguridad de la Nación, a través de la Resolución 297/24, implementó nuevas medidas para regular las llamadas telefónicas de los reclusos incorporados en el Sistema Integral de Gestión para Personas Privadas de la Libertad de Alto Riesgo.

En concreto, se determinó que el teléfono público se encuentre ubicado fuera del sector de alojamiento y que cada interno incorporado al sistema podrá comunicarse telefónicamente durante no más de 20 minutos, a través de líneas autorizadas, una vez por semana, en un día fijo y en un horario determinado con antelación.

Por otra parte y mediante la Resolución 298/24, se suspendió por 30 días las comunicaciones telefónicas -salvo con sus abogados defensores- a dos peligrosos narcotraficantes condenados.

De acuerdo a lo esgrimido por la cartera que conduce Patricia Bullrich, el fundamento yace en que, según el juez de la causa, existen indicios para afirmar que con la colaboración de otras personas eludieron las medidas de seguridad complementarias y específicas aplicadas mediante el protocolo mencionado para continuar comandando la organización criminal que lideran y por la cual cumplen condena de prisión y, además, tomar intervención en nuevos hechos delictivos.