El Gobierno reglamentó la operatividad del RIGI

A partir de la fecha, las compañías que así lo deseen podrán aplicar al Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones. El mismo ofrece incentivos fiscales y jurídicos durante 30 años para atraer proyectos de inversión que superen los 200 millones de dólares. Por Cuarto Intermedio

Por medio de la Resolución 1074/2024, el Gobierno nacional estableció las condiciones, plazos y requisitos que reglamentan la operatividad del Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI), por lo que las empresas ya podrán postular sus proyectos de inversión a través de la plataforma de Trámites a Distancia (TAD).

Vale recordar que el RIGI ofrece la posibilidad de que Argentina pueda desarrollar inversiones en sectores estratégicos como petróleo y gas, minería, energías renovables, foresto industria, siderurgia, tecnología, infraestructura y turismo, siendo que el requisito mínimo de inversión para poder aplicar al programa es que la inversión sea a partir de los 200 millones de dólares.

La medida publicada en el Boletín Oficial también define los detalles respecto de los beneficios arancelarios, fiscales y cambiarios que contempla el régimen, así como también los sujetos que podrán percibirlos y las mercaderías alcanzadas por estos beneficios, contemplando el desarrollo de proveedores locales, a quienes da iguales condiciones para producir y vender bienes de capital a los titulares de los proyectos, denominados Vehículos de Proyecto Único (VPU). Cabe señalar, además, que el plazo para la aprobación de cada proyecto son 45 días, desde su postulación en TAD.

Por otro lado, el RIGI también permite que las provincias que lo deseen puedan adherir y otorgar beneficios adicionales para las empresas que inviertan, además de la estabilidad fiscal y la seguridad jurídica del régimen nacional, que establece que no se le podrá aumentar la carga tributaria a los proyectos involucrados por 30 años (entre las provincias que ya lo hicieron, se encuentran Rio Negro, Chubut, Mendoza, San Juan, Salta y Córdoba).

A la vez, el Decreto reglamentario establece como Autoridad de Aplicación al Ministerio de Economía y crea una Comisión evaluadora integrada por la Jefatura de Gabinete de Ministros y en la que intervienen, en el ámbito del Palacio de Hacienda, la Secretaría de Coordinación de Energía y Minería; la Secretaría de Coordinación de Producción; la Secretaría de Hacienda y la Secretaría de Finanzas.

Asimismo, la Secretaría de Industria y Comercio, a través de la Subsecretaría de Política Industrial, será la encargada de evaluar técnicamente a los VPU.