La iniciativa que busca modificar la actual Ley 24.193, tiene como objetivo regular las actividades vinculadas a la obtención y utilización de órganos, tejidos y células de origen humano en la Argentina. Para ello, se prevé que los establecimientos de salud habilitados a este fin cuenten con servicios destinados a la donación, que permitirán detectar, evaluar y tratar al donante.
Por su parte, el senador nacional Juan Carlos Marino -autor del proyecto- incluyó en las modificaciones realizadas junto a su par Mario Fiad, el Ministerio de Salud y la familia de Justina Lo Cane, la donación cruzada en el caso de trasplante de riñón.
Según establece el art. 33 de la flamante norma, “podrá realizarse la ablación de órganos y/o tejidos, a toda persona capaz mayor de 18 años, que no haya dejado constancia expresa de oposición a que después de su muerte se realice la extracción de los mismos”.
Además, en los casos en que el causante no haya dejado expresada al respecto su voluntad, o de no encontrarse, el profesional a cargo del proceso de donación deberá verificar la misma conforme lo determine la reglamentación.
Por otra parte y en el caso de prosperar la medida, se impondrá de ahora en adelante la obligación a los profesionales médicos de notificar al INCUCAI los tratamientos de diálisis que le realicen a un paciente, o cuando le indiquen la realización de un trasplante.
En otro orden y para asegurar la calidad de todo lo relacionado con donación y trasplante, se deberá destinar como mínimo un 20 por ciento de los recursos del Fondo Solidario de Trasplantes a capacitación.
La iniciativa, que lleva ese nombre en homenaje a Justina Lo Cane, quien falleció el año pasado a los 12 años de edad por no haber podido recibir a tiempo un trasplante de corazón, recibió 68 votos afirmativos y fue girada a la Cámara de Diputados en busca de obtener sanción definitiva.