El Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) anunció que el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del mes de junio fue de 2,2%, por la que lleva acumulado de esta manera una variación interanual de 42,8%.
Según indicaron desde el organismo estadístico que dirige Marco Lavagna, los principales incrementos se dieron en los rubros “Prendas de vestir y calzado” (6,6%), “Recreación y cultura” (4,2%), “Equipamiento y mantenimiento del hogar” (4,1%), y “Bebidas alcohólicas y tabaco” (3,8%).
En relación al incremento tomado por regiones, el Gran Buenos Aires registró una inflación de 2,0%, la zona Pampeana un 2,5%, el Noreste 2,3%, el Noroeste 2,2%, Cuyo 2,3% y la Patagonia 1,9%.
En otro orden, el INDEC aclaró respecto a la metodología de trabajo que dadas las restricciones de circulación de las personas establecidas mediante el Decreto N°297/2020 -y luego ratificado y extendido por normas posteriores- incorporaron modalidades no presenciales de relevamiento, en línea con lo sugerido por los organismos internacionales en la materia y las oficinas de estadística de otros países (Comisión Económica para América Latina y el Caribe, Fondo Monetario Internacional, Eurostat, entre otros).
Asimismo indicaron que la flexibilización parcial de las restricciones para la circulación de las personas en algunas localidades del país permitió que el relevamiento presencial de precios se incrementara en junio con relación a mayo. De hecho, el porcentaje de informantes contactados personalmente subió a 58,7% en junio para el total nacional (cuando el mes anterior había sido de 9,8%), y en algunas provincias dicho relevamiento alcanzó a todos los informantes abiertos.
La incorporación de la información proveniente de relevamientos no presenciales, en tanto, se obtuvo de la siguiente forma:
-En aquellos negocios que permanecieron abiertos al público y que disponen de medios alternativos al presencial los precios fueron relevados a través de métodos no presenciales (consulta telefónica, por correo electrónico, online, etc.).
-En aquellos negocios que permanecieron cerrados al público pero que ofertaron sus productos por canales digitales los precios fueron relevados en forma online o telefónica.
-En el caso de aquellos negocios que permanecieron cerrados al público y que no ofertaron sus productos a través de canales digitales no se relevaron sus precios y, cuando correspondió, se imputaron o desparticiparon por la variación de los pares o del grupo inmediatamente superior al que pertenecen.
-Para el caso de las tarifas y otros ítems regulados por el Estado se consideraron normalmente desde su vigencia, según las resoluciones que lo establezcan.